000 06215nam a2200517Ia 4500
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_aDerechos del niño
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_aLegislación
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_aLegislación
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_aLegislación social
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_aDerechos humanos
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_aCorrupción política
650 1 7 _aDelito
_2
_912812
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_aArgentina
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_d173216
003 14968
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040 _aarresunl
_carresunl
_gNOELIA SOLEDAD FERNANDEZ
041 _aspa
044 _aag
082 0 4 _aTE 362.705 498 2
_bV 31
100 1 _aVarela, Eduardo D.
_935979
245 1 0 _aEl niño y el desarrollo sustentable :
_b(el código de conducta para la protección de niñas, niños y adolescentes en viajes y turismo) /
_cEduardo D. Varela.
260 3 _aRemedios de Escalada :
_bUNLa. Maestría en Desarrollo Sustentable, FLACAM,
_c2013
300 _a177 p.
502 _aTesis presentada como requisito final para la obtención del Título de Magister en Desarrollo Sustentable del Foro Latinoamericano de Ciencias Ambientales y la Universidad Nacional de Lanús.
520 3 _aLa OMT define al Turismo Sustentable como “aquel que atiende las necesidades de los turistas actuales y de las regiones receptoras y al mismo tiempo protege y fomenta las oportunidades para el futuro. Se concibe como una vía hacia la gestión de todos los recursos de forma que puedan satisfacerse las necesidades económicas, sociales, estéticas, respetando al mismo tiempo la integridad cultural, los procesos ecológicos esenciales, la diversidad biológica y los sistemas que sostienen la vida.” El desarrollo sustentable es definido por las Naciones Unidas como: “Crecimiento económico con justicia social y equilibrio ambiental”. La Ley Nacional de Turismo define como un principio al Desarrollo sustentable” cuando el “El turismo se desarrolla en armonía con los recursos naturales y culturales a fin de garantizar sus beneficios a las futuras generaciones. El desarrollo sustentable se aplica en tres ejes básicos: ambiente, sociedad y economía.” Tomando el aspecto social del que participa el concepto de Desarrollo Sustentable abordamos y desarrollamos este trabajo. En capítulo primero ha sido incluido porque el PFETS, nos da el marco adecuado sobre el que habrá de implementarse el Proyecto de Turismo en la Argentina. Un modo de proyectar que incluye y hace a los partícipes se transformen en actores del proyecto haciéndolos suyo para el desarrollo de nuestro país a partir de una actividad no tradicional de tinte económico. El capítulo segundo desarrolla nuestro proyecto, en el que hemos representado a la Universidad de Belgrano, la que se incorpora al Proyecto Nacional de Código de Conducta del Ministerio de Turismo de la Nación como socio estratégico (ver pág 55 a 57). Siendo que el MINTUR a su vez adhiere al Código de Conducta postulado por la Organización Mundial del Turismo “Para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Viajes y Turismo” (ver punto iii pág 28 a 41). En este capítulo desglosamos el acuerdo internacional referido entre la OMT y el MINTUR para luego mencionar las acciones llevadas adelante por la Universidad de Belgrano representada por mí en este proyecto ante el Ministerio de Turismo que dio como conclusión la firma de la Universidad de Belgrano a la adhesión del Código de Conducta Nacional que lo compromete a colaborar, difundir, concientizar y fomentar los principios protectorios de los niños y el trabajar contra la explotación de los mismos en ocasión de turismo y en viajes. Ese acuerdo se selló en la FIT 2010 en el mes de octubre lo que documentamos debidamente. También se incorpora el Paradigma Código de Conducta en la Cátedra de la Universidad de Belgrano en la materia Derecho Turístico y Hotelero de la Licenciatura en Hotelería, Plan 2008, el que en su parte pertinente se destaca (ver pág. 65). Cierra el Capítulo con la mención al afiche digital que promovieran las redes que conforman los adherentes al Código de Conducta Nacional con motivo de la Copa América de Fútbol 2011 celebrada en al Argentina (véase pág. 70). El capítulo tres contiene los principales documentos y normas referidas a la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Turismo y en Viaje, en Prevención de la Explotación Sexual Comercial, En la Explotación Laboral y la Trata. Un ejemplo de ello es que luce el acuerdo OMT- Mintur (véase pág. 72 a 79), mientras que en el punto i) aparece el Acta de Compromiso Adhesión a la Promoción del Código de Conducta para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en Viajes y Turismo signado por el Mintur y la Universidad de Belgrano (véase pág. 95 a 98). El capítulo cuatro es dedicado a sindicar al NIÑO como indicador en la Sustentabilidad, motivando reflexiones a partir de los pensamientos de Francesco Tonucci con motivo de su libro la Ciudad de los Niños. Sumamos a dichas reflexiones las conferencias de Rubén Pesci “Turismo, Planificación y Sustentabilidad” y de Graciela Güidi “Desafíos Normativos y Turismo Sustentable”, en ocasión del Primer Congreso Iberoamericano de Derecho del Turismo, del 21 al 22 de agosto de 2008 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Incorporando dos expresiones de la cultura, como las que provienen del cine italiano y de la música inglesa (véase pág. 123 a 125).
581 _aBiblioteca
650 1 7 _aTrata de personas
_2
_936370
650 1 7 _aAdolescente
_2
_935394
650 1 7 _aProblemas sociales
_2
_942320
653 1 0 _aDESARROLLO SUSTENTABLE
653 1 0 _aPROTECCION SOCIAL
653 1 0 _aPROTECCION A LOS NIÑOS
790 _aPesci, Rubén Omar
942 _c00014
_2ddc
994 _ainfo:eu-repo/semantics/masterThesis